Regl. 8126, art. 7-7.7
Becas
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Cite as Reglamento Núm. 8126, Art. 7-7.7
Es el otorgamiento de fondos para el desarrollo profesional y académico de un individuo.
Su propósito primordial es contribuir al pago de matrícula o gastos de estudios dirigidos
al mejoramiento profesional y artístico de personas que posean los requisitos de talento,
habilidades, adiestramiento y vocación que justifique su perfeccionamiento.
Para otorgar una beca, hay que cumplir con los siguientes requisitos:
1) Cumplir con el Reglamento de Becas del Instituto, aprobado por el Departamento de
Estado el 20 de abril de 1990.
2) Especificar el propósito de la concesión de la beca.