Regl. 8126, art. 7-7.7

Becas

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Cite as Reglamento Núm. 8126, Art. 7-7.7

Es el otorgamiento de fondos para el desarrollo profesional y académico de un individuo. Su propósito primordial es contribuir al pago de matrícula o gastos de estudios dirigidos al mejoramiento profesional y artístico de personas que posean los requisitos de talento, habilidades, adiestramiento y vocación que justifique su perfeccionamiento. Para otorgar una beca, hay que cumplir con los siguientes requisitos: 1) Cumplir con el Reglamento de Becas del Instituto, aprobado por el Departamento de Estado el 20 de abril de 1990. 2) Especificar el propósito de la concesión de la beca.
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