Regl. 8126, art. 9-9.1
Responsabilidad de las unidades administrativas
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Cite as Reglamento Núm. 8126, Art. 9-9.1
1. La unidad administrativa será la responsable de negociar las condiciones y
especificaciones con la parte contratada. También deberá obtener toda la información
requerida en la solicitud para contratar y asegurarse que no tenga deudas con el Gobierno
antes de someter la solicitud a la Oficina de Dirección Ejecutiva.
2. Toda solicitud de contrato o enmienda se someterá a la Oficina de Dirección Ejecutiva
con no menos de cuarenta y cinco (45) dÃas de anticipación a la fecha de comienzo de
vigencia del contrato.
3. La responsabilidad de la administración del contrato corresponde a la unidad
administrativa que lo solicitó.