Regl. 8142, art. 10

Procedimiento para Solicitar Financiamiento

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Cite as Reglamento Núm. 8142, Art. 10

Para solicitar la Línea de Crédito de rápida tramitación, las OSFL deberán obtener y radicar una Solicitud de Financiamiento en el BDEPR con los siguientes documentos básicos: a. Formulario de Solicitud de Crédito b. Estados financieros de la corporación de los últimos 3 años C. Lista de las propuestas, asignaciones, donativos y "grants" vigentes con copia de los respectivos contratos otorgados. d. Proyección de ingresos y gastos para el próximo año. e. Identificación del Solicitante, vigente, con foto (Director Ejecutivo o el Oficial que la OSFL designe para representarla ante el BDEPR). f. Como parte del proceso de evaluación de la Solicitud de Financiamiento, el BDEPR podrá requerir, a su entera discreción, documentación adicional necesaria para tomar la determinación final.
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