Regl. 3208, art. 18

Financiamiento

Length: 56 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3208, Art. 18

Será responsabilidad de todo Químico Licenciado mantenerse al día en su profesión y cumplir con el procedimiento de renovación establecido en la Ley Número 97 de 4 de junio de 1983, en el Reglamento de la Junta y en este Reglamento. E1 financiamiento de las actividades de educación continuada será de su completa y absoluta responsabilidad.
Regl. 3208, art. 18: Financiamiento | Justis AI