Regl. 8152, art. 8

Enmienda la sección 6, 7, 13 y 14 del Reglamento Número 5 de la Industria Lechera Número 4565.

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Cite as Reglamento Núm. 8152, Art. 8

6 OFICINA PARA LA REGLAMENTACIÓN DE LA INDUSTRIA LECHERA APARTADO 10163 SAN JUAN, PR 00908-1163 ENMIENDA Para enmendar la Sección 6, 7, 13 y 14 del Reglamento Número 5 de la Industria Lechera, aprobado el 29 de octubre de 1991, según enmendado, y registrado en el Departamento de Estado de Puerto Rico con el número 4565; y atemperar el Apéndice 1, inciso (e) del Reglamento 4 con las enmiendas realizadas al Reglamento 5, supra.
Regl. 8152, art. 8: Enmienda la sección 6, 7, 13 y 14 del Reglamento Número 5 de la Industria Lechera Número 4565. | Justis AI