Regl. 8154, art. 8-8.6

Remolcadores con Cisternas

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Cite as Reglamento Núm. 8154, Art. 8-8.6

Remolcador con eje trasero tándem conectado a cisternas con cemento a granel con ejes trasero tándem o "tridem" conectados a un remolcador con eje trasero tándem no podrán exceder la capacidad de diseño de los ejes y el límite de peso será el que se ilustra en la Figura 6. 00 0000 000 Eje Tándem Eje "Tridem" (lbs) (lbs) 61,000 66,000 Figura 6
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