Regl. 8154, art. 9-9.2

Trámite

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Cite as Reglamento Núm. 8154, Art. 9-9.2

Toda solicitud de Autorización Especial se tramitará conforme al siguiente procedimiento: A. El solicitante llenará la solicitud de Autorización Especial en las Oficinas Regionales del Departamento, 0 en los Centros de Servicios al Conductor (CESCO), correspondiente al lugar de residencia del dueño del vehículo pesado de motor o del remolcador 0 en la Estación Permanente de Pesaje. B. El solicitante deberá presentar los siguientes documentos: 1. Permiso para Vehículos de Motor o Arrastres (licencia del vehículo) vigente. 2. Licencia de conducir vehículos pesados de motor. 3. Copia del Formulario ACT-720, "Certificación de Dimensiones y Peso de Vehículos Pesados de Motor" autorizado por un Centro de Pesaje del Departamento. 4. Certificación de Capacidad de Carga, Formulario ACT-634, Anejo H. 5. Cualquier otra información que el DTOP estime necesario. C. Esta información se enviará a través del Sistema Automatizado de Autorizaciones Especiales (S.A.A.E.), el cual transfiere electrónicamente la información de la solicitud a la Estación Permanente de Pesaje de Camiones, donde es evaluada, aprobada o denegada al momento. La entrega al solicitante de esta Autorización Especial, conjuntamente con un sello, se realizará en la Estación 19 Permanente de Pesaje. Este sello evidencia que la unidad posee una Autorización Especial e indica la vigencia.
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