Regl. 8154, art. 9-9.2
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Cite as Reglamento Núm. 8154, Art. 9-9.2
Toda solicitud de Autorización Especial se tramitará conforme al siguiente
procedimiento:
A.
El solicitante llenará la solicitud de Autorización Especial en las
Oficinas Regionales del Departamento, 0 en los Centros de
Servicios al Conductor (CESCO), correspondiente al lugar de
residencia del dueño del vehÃculo pesado de motor o del
remolcador 0 en la Estación Permanente de Pesaje.
B.
El solicitante deberá presentar los siguientes documentos:
1.
Permiso para VehÃculos de Motor o Arrastres (licencia del
vehÃculo) vigente.
2.
Licencia de conducir vehÃculos pesados de motor.
3.
Copia del Formulario ACT-720, "Certificación de
Dimensiones y Peso de VehÃculos Pesados de Motor"
autorizado por un Centro de Pesaje del Departamento.
4.
Certificación de Capacidad de Carga, Formulario ACT-634,
Anejo H.
5.
Cualquier otra información que el DTOP estime necesario.
C.
Esta información se enviará a través del Sistema Automatizado de
Autorizaciones Especiales (S.A.A.E.), el cual transfiere electrónicamente la información de la solicitud a la Estación Permanente de
Pesaje de Camiones, donde es evaluada, aprobada o denegada al
momento. La entrega al solicitante de esta Autorización Especial,
conjuntamente con un sello, se realizará en la Estación
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Permanente de Pesaje. Este sello evidencia que la unidad posee
una Autorización Especial e indica la vigencia.