Regl. 8155, art. 11-11.4
Adiestramientos de Corta Duración
Length: 267 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8155, Art. 11-11.4
1. Responsabilidad de la Escuela de Educación Continua y la Oficina de
Recursos Humanos
Los adiestramientos de corta duración dirigidos a satisfacer necesidades
generales y comunes se realizarán a través de la Escuela de Educación
Continua de OCALARH. La Oficina de Recursos Humanos planificará y
efectuará las actividades de adiestramiento y desarrollo que respondan a sus
necesidades especÃficas.
2. Duración y Propósito
Los adiestramientos de corta duración se podrán conceder a los empleados por
un término no mayor de seis (6) meses con el propósito de recibir adiestramiento
O realizar estudios académicos que les preparen para el mejor desempeño de
las funciones correspondientes a sus puestos. Las convenciones y asambleas
no se considerarán adiestramientos de corta duración.
3. Cubierta de los Adiestramientos de Corta Duración
Cuando a un empleado se le autorice un adiestramiento de corta duración, se le
concederá licencia con sueldo. Además, se le podrá autorizar el pago de dietas,
gastos de viaje y, cuando fuere necesario, cualquier otro gasto.
39
4. Viajes al Exterior
El (la) Director(a) Ejecutivo (a) tendrá facultad para autorizar a los empleados a
realizar viajes al exterior con el fin de participar en actividades de adiestramiento
con sujeción a las normas y trámites que rigen los viajes de empleados públicos
al exterior.
Dentro del término de quince (15) dÃas a partir de su regreso del centro de
adiestramiento, el empleado someterá al (la) Secretario(a) de Hacienda, por
conducto de la CAM, un informe completo sobre los gastos en que ha incurrido.
Además, someterá un informe narrativo sobre sus actividades de adiestramiento,
conforme a las normas y procedimientos que se establezcan.