Regl. 8155, art. 22 dup2

VIGENCIA

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Este Reglamento comenzará a regir inmediatamente que sea aprobado por el (la) Director(a) Ejecutivo(a) y el Presidente de la Junta de Directores de la CAM y radicado en el Departamento de Estado y Biblioteca Legislativa a tenor con lo dispuesto en la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme. En San Juan, Puerto Rico a 27 de Enero de 2012 APROBADO POR: Say de Recursos Humanos Samuel G. Dávila Cid Oficina de Capacitación y Asesoramiento en Asuntos Laborales y de Administración Corporación de las Artes Musicales Gomalo Cordon Dr. Gonzalo Córdova Presidente Junta de Directores Corporación de las Artes Musicales 115
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