Regl. 8155, art. 6-6.5
Esquema Ocupacional
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Cite as Reglamento Núm. 8155, Art. 6-6.5
Una vez agrupados los puestos, determinadas las clases y designadas con su título
oficial de preparación un esquema ocupacional o profesional de las clases de puestos
comprendidas en el Plan de Clasificación de Puestos, incluyéndolos dentro de los
correspondientes grupos ocupacionales o profesionales que se identifiquen. El
Esquema Ocupacional y la lista o Índice Alfabético se mantendrán actualizados
conformes los cambios que surjan. Cada clase de puesto se identificará numéricamente
en los documentos antes indicados mediante una codificación basada en el esquema
ocupacional O profesional que se adopte. Esta numeración se utilizará como un medio
de identificación de las clases en otros documentos oficiales que se preparan.