Regl. 8155, art. 8-8.3
Descensos
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Cite as Reglamento Núm. 8155, Art. 8-8.3
1. Descenso significa el cambio de un empleado de un puesto en una clase a un
puesto en otra clase con funciones de nivel inferior, cuando ocurre entre la
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Corporación y agencias con diferentes planes de clasificación y municipios.
Cuando ocurre en el misma Corporación significa el cambio de un empleado de
un puesto en una clase a un puesto en otra clase para la cual se haya provisto
un tipo mÃnimo de retribución más bajo.
2. El descenso de un empleado de confianza podrá ser motivado por:
a. una solicitud del empleado; o
b. falta de fondos o de trabajo que haga imprescindible la eliminación del
puesto que ocupa el empleado y no se pueda ubicar a este en un puesto
similar al que ocupa en la Corporación y el empleado acepte un puesto
de menor remuneración. Cuando el empleado no acepte el descenso por
esta razón, se decretará su separación.