Regl. 8155, art. 9-9.1
Normas para los Interinatos
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Cite as Reglamento Núm. 8155, Art. 9-9.1
Se establecen las siguientes normas para el uso del interinato como instrumento útil en
la administración del recurso humano:
1. El (la) Director(a) Ejecutivo(a) podrá designar a cualquier empleado en el
servicio de confianza para desempeñar interinamente las funciones normales de
un puesto de clasificación superior en sustitución de otro empleado en el servicio
de confianza.
2. El (la) Director(a) Ejecutivo(a) podrá relevar al empleado que ocupa un puesto
con carácter interino en cualquier momento que asà lo determine. En tales
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circunstancias el empleado regresará al puesto de confianza para el cual tiene
nombramiento oficial.