Regl. 8156, art. IX-3

Educación y monitoreo a agencias públicas

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Cite as Reglamento Núm. 8156, Art. IX-3

El(La) Gerente de Desarrollo Económico Comunitario de la Corporación, en coordinación con y con el apoyo de la Administración de Servicios Generales y del Municipio de San Juan, diseñará e implantará mecanismos de capacitación para las Reglamento Número 07-080213 Sometido por: Registro de Empresas Comunitarias del Caño Martín Peña Página #28 de 30 Aprobado por: Juntas de Subastas y los Oficiales de Compras con relación a las disposiciones de este Reglamento. Asimismo, diseñará e implantará un plan de monitoreo para constatar el cumplimiento con las disposiciones de este Reglamento.
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