Regl. 8156, art. I-3
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Cite as Reglamento Núm. 8156, Art. I-3
El Reglamento tiene el propósito de instrumentar la implantación del Registro
como estrategia para promover el desarrollo económico comunitario y la actividad
empresarial, y para asegurar que la inversión pública y privada que se haga en el
Distrito y en la Península de Cantera redunde en un mayor apoderamiento comunitario
y en el mejoramiento de la situación económica y de la calidad de vida de los
residentes. Persigue, además, hacer el Registro manejable y accesible a sus usuarios,
Reglamento Número 07-080213
Sometido por:
Registro de Empresas Comunitarias del Caño Martín Peña
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Aprobado por:
que principalmente son los oficiales de compras de las agencias públicas y del
Municipio de San Juan.
El Reglamento establece los criterios que debe cumplir una empresa
comunitaria, según definida en el Artículo II, para ingresar al Registro, sus deberes y
responsabilidades para permanecer inscrito, los incentivos para que se desempeñen
como empresas social y ambientalmente responsables, y las penalidades por
incumplimiento de sus deberes y responsabilidades.
Se establecen, además, los deberes y responsabilidades de la Corporación y de
la Administración de Servicios Generales para mantener el Registro. Identifica los
mecanismos que se utilizarán para dar a conocer el Registro y apoyar a las empresas
que deseen ingresar y permanecer en él. El Reglamento incluye, también,
disposiciones para asegurar el uso adecuado del Registro.