Regl. 8156, art. I-3

Propósito

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Cite as Reglamento Núm. 8156, Art. I-3

El Reglamento tiene el propósito de instrumentar la implantación del Registro como estrategia para promover el desarrollo económico comunitario y la actividad empresarial, y para asegurar que la inversión pública y privada que se haga en el Distrito y en la Península de Cantera redunde en un mayor apoderamiento comunitario y en el mejoramiento de la situación económica y de la calidad de vida de los residentes. Persigue, además, hacer el Registro manejable y accesible a sus usuarios, Reglamento Número 07-080213 Sometido por: Registro de Empresas Comunitarias del Caño Martín Peña Página #3 de 30 Aprobado por: que principalmente son los oficiales de compras de las agencias públicas y del Municipio de San Juan. El Reglamento establece los criterios que debe cumplir una empresa comunitaria, según definida en el Artículo II, para ingresar al Registro, sus deberes y responsabilidades para permanecer inscrito, los incentivos para que se desempeñen como empresas social y ambientalmente responsables, y las penalidades por incumplimiento de sus deberes y responsabilidades. Se establecen, además, los deberes y responsabilidades de la Corporación y de la Administración de Servicios Generales para mantener el Registro. Identifica los mecanismos que se utilizarán para dar a conocer el Registro y apoyar a las empresas que deseen ingresar y permanecer en él. El Reglamento incluye, también, disposiciones para asegurar el uso adecuado del Registro.
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