Regl. 8160, art. III-1 dup2
Responsabilidad de la Oficina Peticionaria
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Cite as Reglamento Núm. 8160, Art. III-1 dup2
La oficina peticionaria y/o la oficina que posee los conocimientos técnicos en los
bienes o servicios no profesionales a recibirse será responsable de evaluar las ofertas
recibidas y de hacer un informe de recomendación para la Junta de Subastas.