Regl. 8160, art. II-3 dup3

Compras por Subasta Informal ($25,000.01 en adelante)

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Cite as Reglamento Núm. 8160, Art. II-3 dup3

A. Este procedimiento de compra se utilizará para la adquisición de bienes y servicios no profesionales cuyo importe sea de $25,000.00 en adelante. El procedimiento consiste en lo siguiente: 1. El Director de la División de Compras o su representante autorizado seleccionará del registro único de licitadores a por lo menos tres (3) suplidores y les enviará una invitación para someter su propuesta para subasta informal. En dicho documento se detallarán las especificaciones y condiciones del bien o servicio no profesional que se interesa adquirir para que los suplidores puedan hacer su oferta. 2. El Director de la División de Compras o su representante autorizado será responsable de que la invitación para someter su propuesta para subasta informal contenga toda la información necesaria para que los suplidores puedan hacer su oferta. Además, la misma debe indicar la fecha y hora en que se habrán de entregar las ofertas y el lugar donde se recibirán las mismas. Se debe indicar que después de dicha fecha My y hora no se aceptará ninguna oferta. 3. El representante autorizado de la Junta de Subastas será responsable de recibir los sobres y de poncharlos como evidencia de la fecha y hora de la entrega de la oferta. 4. La Junta de Subasta evaluará las ofertas y adjudicará al mejor postor o a tenor con lo establecido en este Reglamento. 5. La adjudicación de subastas informales requerirá la aprobación del oficial que designe el (la) Rector(a) del Colegio Universitario de Justicia Criminal, previo a la emisión de la orden de compra. B. El número de por lo menos tres (3) licitadores estará sujeto a que existan suficientes firmas suplidoras para el artículo que se vaya a comprar. C. Solamente se aceptará una sola oferta por cada licitador para cada subasta solicitada y así deberá constar en la convocatoria a la subasta. Si una misma empresa comercial somete varias ofertas para una misma subasta, a nombre propio o de alguna de sus subsidiarias o sucursales, de algunos o varios de sus socios, agentes u oficiales, se declararán nulas todas y cada una de dichas ofertas.
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