Regl. 8160, art. II-3 dup3
Compras por Subasta Informal ($25,000.01 en adelante)
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Cite as Reglamento Núm. 8160, Art. II-3 dup3
A. Este procedimiento de compra se utilizará para la adquisición de bienes y
servicios no profesionales cuyo importe sea de $25,000.00 en adelante. El
procedimiento consiste en lo siguiente:
1. El Director de la División de Compras o su representante autorizado
seleccionará del registro único de licitadores a por lo menos tres (3)
suplidores y les enviará una invitación para someter su propuesta para
subasta informal. En dicho documento se detallarán las
especificaciones y condiciones del bien o servicio no profesional que
se interesa adquirir para que los suplidores puedan hacer su oferta.
2. El Director de la División de Compras o su representante autorizado
será responsable de que la invitación para someter su propuesta para
subasta informal contenga toda la información necesaria para que los
suplidores puedan hacer su oferta. Además, la misma debe indicar la
fecha y hora en que se habrán de entregar las ofertas y el lugar donde
se recibirán las mismas. Se debe indicar que después de dicha fecha
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y hora no se aceptará ninguna oferta.
3. El representante autorizado de la Junta de Subastas será responsable
de recibir los sobres y de poncharlos como evidencia de la fecha y
hora de la entrega de la oferta.
4. La Junta de Subasta evaluará las ofertas y adjudicará al mejor postor
o a tenor con lo establecido en este Reglamento.
5. La adjudicación de subastas informales requerirá la aprobación del
oficial que designe el (la) Rector(a) del Colegio Universitario de
Justicia Criminal, previo a la emisión de la orden de compra.
B. El número de por lo menos tres (3) licitadores estará sujeto a que existan
suficientes firmas suplidoras para el artÃculo que se vaya a comprar.
C. Solamente se aceptará una sola oferta por cada licitador para cada subasta
solicitada y asà deberá constar en la convocatoria a la subasta. Si una misma
empresa comercial somete varias ofertas para una misma subasta, a nombre
propio o de alguna de sus subsidiarias o sucursales, de algunos o varios de
sus socios, agentes u oficiales, se declararán nulas todas y cada una de
dichas ofertas.