Regl. 8160, art. II-5 dup2

Órdenes de Compra

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Cite as Reglamento Núm. 8160, Art. II-5 dup2

A. Una vez se soliciten en mercado abierto las cotizaciones correspondientes, según sea el caso de acuerdo a las normas establecidas en este Reglamento, el Comprador seleccionará la mejor oferta y preparará la respectiva orden de compra. B. Una vez se celebre y se adjudique una subasta informal, según sea el caso de acuerdo a las normas establecidas en este Reglamento, el Comprador MAR preparará la respectiva orden de compra. C. No se obtendrán bienes ni servicios no profesionales sin la correspondiente orden de compra. Ningún suplidor podrá entregar mercancía ni podrá rendir un servicio si no ha recibido la correspondiente orden de compra debidamente aprobada. D. Toda requisición de compra deberá tener aprobada la correspondiente obligación de fondos previo al inicio de la preparación de la orden de compra. E. Ningún funcionario o empleado del Colegio Universitario de Justicia Criminal o de sus componentes operacionales podrá hacer gestiones directas con los suplidores para obtener bienes o servicios no profesionales sin haber solicitado la preparación de la respectiva orden de compra o de la formalización correspondiente del contrato. F. Se mantendrá un control de las órdenes de compra emitidas, de los materiales recibidos y pendientes de recibir y de los pagos efectuados contra dichas órdenes. G. El Colegio se reserva el derecho de cancelar una orden de compra adjudicada y enviada a un suplidor si el mismo no cumple con los términos de entrega, especificaciones, condiciones establecidas o cuando así lo estime necesario. -8- H. La orden de compra que envuelve la concesión de un descuento por pronto pago será identificada con un sello que lea "Descuento" para que el pago se procese dentro del término establecido en la concesión. I. En aquellas órdenes de compra que envuelvan la concesión de descuento, el período de descuento se computará desde la fecha en que el embarque final de los artículos sea entregado, inspeccionado y aceptado, los servicios sean rendidos y las facturas correspondientes certificadas sean presentadas para el pago por el contratista. SEGUNDA PARTE ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIO NO PROFESIONALES MEDIANTE SUBASTA INFORMAL MAR
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