Regl. 8160, art. IV-4 dup2

Notificación de Adjudicación

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Cite as Reglamento Núm. 8160, Art. IV-4 dup2

A. Luego de evaluadas las ofertas y después de la Junta haber adjudicado la subasta, el Secretario de la Junta viene obligado a notificar a todos los licitadores que sometieron ofertas mediante un escrito titulado "Aviso de Adjudicación. También informará a la oficina de la peticionaria sobre la adjudicación. Dicho Aviso de Adjudicación debe enviarse por correo certificado o ser entregada a la mano dentro de un período de tiempo no mayor de tres días laborables después de la fecha de adjudicación. La notificación debe apercibir a los licitadores sobre sus derechos y términos para solicitar reconsideración. B. Una vez la Junta notifique las adjudicaciones de subasta se dispondrá de las garantías de licitación de la siguiente manera: -23- 3. Si transcurrido diez días de habérsele citado para otorgar el contrato, el licitador agraciado no comparece, se ejecutará la garantía de licitación para que responda por el exceso de lo cotizado por el postor a quien se le adjudique en segunda instancia.
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