Regl. 8160, art. IV-4 dup2
Notificación de Adjudicación
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Cite as Reglamento Núm. 8160, Art. IV-4 dup2
A. Luego de evaluadas las ofertas y después de la Junta haber
adjudicado la subasta, el Secretario de la Junta viene obligado a
notificar a todos los licitadores que sometieron ofertas mediante un
escrito titulado "Aviso de Adjudicación. También informará a la oficina
de la peticionaria sobre la adjudicación. Dicho Aviso de Adjudicación
debe enviarse por correo certificado o ser entregada a la mano dentro
de un período de tiempo no mayor de tres días laborables después de
la fecha de adjudicación. La notificación debe apercibir a los
licitadores sobre sus derechos y términos para solicitar
reconsideración.
B. Una vez la Junta notifique las adjudicaciones de subasta se dispondrá
de las garantías de licitación de la siguiente manera:
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3. Si transcurrido diez días de habérsele citado para otorgar el
contrato, el licitador agraciado no comparece, se ejecutará la
garantía de licitación para que responda por el exceso de lo
cotizado por el postor a quien se le adjudique en segunda
instancia.