Regl. 8160, art. I-6 dup2
Responsabilidades, Deberes y Poderes de la Junta de Subastas, de
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Cite as Reglamento Núm. 8160, Art. I-6 dup2
su Presidente y de su Secretario.
A. La Junta de Subasta informal tendrá, entre otras, las siguientes
responsabilidades, deberes y poderes:
1. Los miembros de la Junta no recibirán remuneración alguna por los
servicios prestados como tales, a menos que el algún miembro este
contratado por servicios profesionales, los cuales reportará como horas
de trabajo.
2. Recibir, evaluar, adjudicar o rechazar las ofertas recibidas.
3. Solicitar asesoramiento técnico, legal o de cualquier otra especialidad de
los empleados del Colegio o de sus componentes operacionales.
4. Adoptar las normas y procedimientos de funcionamiento interno.
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5. Tomar medidas correctivas para evitar futuros incumplimientos de
contratos.
B. El Presidente de la Junta de Subastas tendrá, entre otras, las siguientes
responsabilidades, deberes y poderes:
1. Mantener el buen funcionamiento de la Junta.
2. Asegurarse de que los miembros de la Junta cumplan fielmente los
deberes de su cargo.
3. Dirigir los procedimientos de la Junta.
4. Representar a la Junta.
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5. Convocar y presidir las reuniones.
6. Revisar y adoptar como suyas las recomendaciones de la Junta.
7. Recomendar a la Junta de Directores nombramientos de personal para la
Junta.
8. Someter al (la) Rector (a), a través del Decano de Administración o su
representante, un informe mensual con las subastas adjudicadas y
pendientes de adjudicación.
9. Someter cuantos informes y recomendaciones adicionales se le solicite.
10. Cumplir con todas las funciones y deberes inherentes a su cargo.
C. El Secretario de la Junta de Subastas tendrá, entre otras, las siguientes
responsabilidades, deberes y poderes:
1. Responder directamente al Presidente.
2. Custodiar toda la información contenida en los libros, récords,
expedientes y documentos de la Junta.
3. Mantener récord de toda la correspondencia recibida o enviada por la
Junta.
4. Recibir y abrir la correspondencia de la Junta, distribuirla y custodiarla.
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5. Recibir, custodiar y velar por la tramitación adecuada de los expedientes
de subastas.
6. Citar a las reuniones de la Junta.
7. Notificar las adjudicaciones y acuerdos de la Junta a las partes
interesadas.
8. Certificar los acuerdos y las adjudicaciones cuando éstas se tomen y
cualquier otro documento de la Junta.
9. Asistir a las reuniones de la Junta para tomar las minutas y levantar las
actas sobre los acuerdos y las adjudicaciones.
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10. Redactar las Actas, Minutas, Acuerdos, Adjudicaciones e Informes para la
aprobación del Presidente.