Regl. 8164, art. III-X
Uso de los fondos otorgados con cargo al Fondo Especial
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Cite as Reglamento Núm. 8164, Art. III-X
El dinero otorgado con cargo al Fondo Especial podrá ser utilizado para
fomentar el desarrollo y fortalecimiento del sector cooperativo juvenil, promover
la formación, organización e incorporación de cooperativas juveniles en las
escuelas, universidades y comunidades del paÃs, y además, pero sin limitarse:
1. Desarrollar programas de educación cooperativa a jóvenes menores
de 29 años.
2. Promover la organización, expansión y mejoramiento de cooperativas
juveniles existentes y su proyección internacional.
3. Atender gastos incidentales al proceso de formación, organización e
incorporación de las cooperativas juveniles.
4. Cualquier otra actividad que facilite y estimule el desarrollo
Cooperativo juvenil y que sea cónsono con los objetivos de las leyes y
Comisión de Desarrollo Cooperativo de Puerto Rico
Reglamento Núm.
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reglamentos bajo la jurisdicción de la Comisión de Desarrollo
Cooperativo de Puerto Rico.
5. Proyectos especiales de educación cooperativa a socios y maestros
consejeros.
6. Adquisición de equipo básico operacional para habilitar el taller
cooperativo de trabajo.