Regl. 8165, art. II
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Cite as Reglamento Núm. 8165, Art. II
El ArtÃculo 2.3 de la Ley 1-2012 de 3 de enero de 2012
(Ley 1-2012), conocida como la "Ley de Ética Gubernamental
de Puerto Rico de 2011", concede a la Dirección Ejecutiva
de la Oficina de Ética Gubernamental de Puerto Rico (OEG)
la facultad para promulgar los reglamentos que sean
necesarios y convenientes para cumplir con los propósitos
de dicha Ley. Además, la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de
1988, según enmendada, (Ley Núm. 170) conocida como la "Ley
de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre
1
Asociado de Puerto Rico", reconoce la facultad de las
agencias administrativas para formular reglamentos y
dispone el procedimiento para su publicación.