Regl. 8176, art. 4.00 dup2
COMO OBTENER EL SERVICIO
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Cite as Reglamento Núm. 8176, Art. 4.00 dup2
4.01 Disposición General La parte interesada deberá presentar su solicitud
ante cualquier oficina de la Oficina de Gerencia de Permisos en la forma y
manera que requieren los procedimientos adjudicativos en vigor,
Reglamento para el cobro de derechos por servicios
Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe)
acompañándola de la copia de la evidencia de pago, la cual pasará a formar
parte del expediente del caso.
4.02 Devolución de Solicitudes sin Radicar Aun cuando las solicitudes
presentadas estén conformes con los procedimientos adjudicativos en vigor, no
se aceptarán solicitudes para su radicación, ni se realizará gestión operacional
alguna relacionada con las mismas sin la presentación y entrega de la copia
de la evidencia de pago.
4.03 Prestación del Servicio Solicitado La prestación de los servicios
solicitados será conforme se establece en el Reglamento Conjunto de Permisos
para Obras de Construcción y Usos de Terrenos.
TÓPICO 3
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