Regl. 8190, art. 9-10

Preparación de Contratos

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Cite as Reglamento Núm. 8190, Art. 9-10

a. Toda nueva contratación, renovación o enmienda, será solicitada a la Oficina de Contratación por conducto del Área de Asesoría Legal. La Unidad Peticionaria tiene que someter a la Oficina de Contratación de la Corporación toda la información y documentación requerida por esta Oficina para preparar el contrato. b. Toda contratación de servicios profesionales o consultivos deberá cumplir con las leyes, reglamentos, órdenes ejecutivas, cartas circulares, normas y directrices vigentes que sean aplicables a la Corporación y que sean emitidas por las entidades públicas competentes y que establezcan los requisitos de contratación.
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