Regl. 8190, art. 9-13

Control de Presupuesto

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Cite as Reglamento Núm. 8190, Art. 9-13

El Director de la Unidad Peticionaria en conjunto con el Área de Finanzas, Planificación y Asuntos Actuariales tiene la responsabilidad de establecer el control de presupuesto de cada contrato de servicios profesionales y consultivos aprobados, la erogación de fondos acumulada y el balance disponible. Es importante que la Unidad Peticionaria mantenga el control adecuado de los servicios contratados. Este control incluye el evitar sobrepasar los límites máximos establecidos para cada contrato y el importe presupuestado para cada partida.
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