Regl. 8191, art. 1

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Cite as Reglamento Núm. 8191, Art. 1

En virtud de los poderes y facultades que le confiere la Ley Núm. 23 de 20 de junio de 1972, según enmendada, mejor conocida como Ley Orgánica del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales; la Ley Núm. 78 de 26 de julio de 1996, la cual enmienda los Artículos 5 y 12 del Plan de Reorganización Núm. 1 de 9 de diciembre de 1993; la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, mejor conocida como Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme; la Ley Núm. 132 de 25 de junio de 1968, según enmendada, mejor conocida como Ley de Arena, Grava y Piedra; y la Ley Núm. 161 de 7 de diciembre de 2009, mejor conocida como Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico; el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales se propone enmendar el Reglamento para Regir la Extracción, Excavación y Dragado de los Componentes de la Corteza Terrestre, Reglamento Núm. 6916 de 17 de diciembre de 2004.
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