Regl. 8191, art. 6-6.2

Requisitos de Presentación

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Cite as Reglamento Núm. 8191, Art. 6-6.2

1. Requisitos Generales a. Toda solicitud de recomendaciones, licencias, autorizaciones, certificaciones y permisos relacionados al desarrollo y uso de terrenos en Puerto Rico podrá ser promovidas por el dueño, optante o arrendatario de la propiedad debidamente autorizado, por sí o a través de su representante autorizado o por el Jefe de la Agencia o su representante autorizado en caso de proyectos públicos. b. El trámite de la solicitud de servicio se iniciará con la presentación electrónica, la cual estará acompañada de toda la documentación requerida. C. Toda Solicitud de Permiso deberá incluir el documento ambiental correspondiente o una certificación de exclusión categórica, según se disponga en el Reglamento de Documentos Ambientales de la Junta de Calidad Ambiental. 7 d. Para cada solicitud inicial de permiso se cargará al sistema la ubicación geográfica del predio donde se propone la acción. e. Todo plano radicado deberá tener el sello y la firma del agrimensor, ingeniero o arquitecto profesional responsable de certificar el mismo en el formato que se establezca por la OGPe. En aquellos casos aplicables se deberá incluir el nombre y número de licencia del profesional que delineó el mismo. El plano del proyecto será presentado en archivo digital, orientado al norte y en formato DXF. f. No se aceptará ninguna solicitud de servicio incompleta. g. El peticionario pagará un 10% del total de los derechos de radicación al momento de someter la solicitud. h. La solicitud de servicio permanecerá abierta por un término máximo de treinta (30) días para que el solicitante pueda completar la misma. Transcurrido dicho término sin que se complete la solicitud o se carguen todos los documentos requeridos, el solicitante tendrá que comenzar el proceso de solicitud nuevamente. i. Una vez completada la solicitud y cargados todos los documentos, la misma será validada por la OGPe en un término no mayor de tres (3) días laborables, excepto las solicitudes presentadas mediante el mecanismo de certificación, los cuales serán validados en dos (2) días laborables. j. Una vez validada la solicitud, el solicitante tendrá tres (3) días para realizar el 90% restante del pago correspondiente. k. Si como parte de la validación se encuentra alguna deficiencia en la solicitud de servicio, la OGPe notificará al solicitante para que subsane la misma dentro de un término de cinco (5) días. Bajo ninguna circunstancia se aceptarán radicaciones incompletas. 1. Transcurrido dicho término sin que se subsanen las deficiencias señaladas, el solicitante tendrá que comenzar el proceso de solicitud nuevamente. 8 m. A toda solicitud presentada ante la OGPe se le asignará un número único al cual deberá hacerse referencia en todo documento, correspondencia y/o solicitud de información sobre la misma. Este número incluirá, entre otros, el número del municipio, según asignado por el Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM). n. La solicitud no se considerará como radicada, ni comenzarán a correr los términos asociados a la misma, hasta que se haya realizado el pago correspondiente y se le haya asignado un número único al caso. O. En el caso de proyectos industriales para la disposición final y manejo de desperdicios sólidos, se incluirá certificación de que el mismo está conforme con la política pública vigente de la Autoridad de Desperdicios Sólidos. 2. Requisitos Específicos: a. El área a ser impactada. b. Cantidad y tipo de material a ser extraído, excavado, removido y dragado. C. Equipo y maquinaria a utilizarse. d. Descripción del método operacional. e. Descripción del área de almacenaje. f. Copia de la Categorización de Hábitat g. Copia de la Autorización de Corte de Arboles h. Plano de deslinde aprobado por el DRNA, si el proyecto colinda con un río o el mar. i. Indicar si habrá acarreo de material fuera de los predios del proyecto y el uso y manera en la cual se dispondrá del mismo. j. Sección correspondiente del cuadrángulo topográfico del USGS (1:20,000), debidamente identificado, resaltando clara y exactamente la localización del proyecto. 9 k. En caso de utilizar explosivos, deberá cumplir con el Artículo 11 de este Reglamento. Al momento de presentar la solicitud, deberá incluir, como mínimo, el diseño de detonación crítica que se estime apropiado y necesario para la acción propuesta. 1. De haber acarreo de material excedente con fines de depósito, se certificará que el mismo será utilizado para otro proyecto debidamente aprobado, para un sistema de disposición de desperdicios sólidos autorizado o para un fin público. Se identificará claramente la ubicación de dichos proyectos.
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