Regl. 8191, art. 8A-8A dup2
2 Requisitos de Presentación
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Cite as Reglamento Núm. 8191, Art. 8A-8A dup2
Toda solicitud de Permiso para la Limpieza de Cuerpos de Agua será
presentada en la Oficina de SecretarÃa o en la Oficina Regional
correspondiente del Departamento y deberá cumplir con lo siguiente:
1. Llenar en todas sus partes el formulario de solicitud para Permiso para
la Limpieza de Cuerpos de Agua debidamente firmado por el
peticionario. Deberá acompañarse con un expediente que contenga los
documentos presentados, debidamente identificados y con un Ãndice
de referencia.
2. Pago, por concepto de presentación de la solicitud, por la cantidad de
ciento cincuenta dólares ($150.00) en cheque certificado o giro postal a
favor del Secretario de Hacienda. Esta cantidad incluye el costo por la
radicación en la OGPe de la Exclusión Categórica que este
Departamento deberá realizar para cumplir con el ArtÃculo 4(B) 3 de la
Ley Núm. 416 de 22 de septiembre de 2004, según enmendada,
conocida como Ley Sobre PolÃtica Pública Ambiental.
3. Memorial explicativo donde se describa detalladamente la actividad
propuesta indicando: el área a ser impactada; la cantidad y tipo de
material a ser extraÃdo, excavado, removido y dragado; el equipo
y la maquinaria a utilizarse; descripción del método operacional;
descripción del área de almacenaje; indicar si habrá acarreo de material
fuera de los predios y el uso y manera en la cual se dispondrá
del mismo.
4. Copias de la sección correspondiente del cuadrángulo topográfico del
USGS (1:20,000), debidamente identificado, resaltando clara y
exactamente la localización del sitio propuesto.
5. De haber acarreo de material excedente con fines de depósito, se
deberá presentar una declaración jurada debidamente notariada de la
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persona o entidad que aceptará el depósito de material en sus predios
y la correspondiente autorización y endoso expedido por las agencias
concernidas, si aplica.
6. Copia, debidamente firmada, de cualesquiera otros permisos, endosos
o autorizaciones relacionados con la actividad propuesta, otorgados
por otras Agencias, Autoridades, Departamentos o Corporaciones
Públicas del gobierno estatal, municipal o federal.
7. Certificación de cumplimiento con la Ley Núm. 416, supra.
8. Certificación negativa de deuda con el Departamento por concepto
de pago de franquicias de agua, regalÃas, multas, concesiones y
autorizaciones, entre otras. También se podrá presentar evidencia
de un plan de pago, que haya sido aceptado por el Secretario
y que esté al dÃa.
9. El Secretario, o su representante autorizado, podrá solicitar
cualesquiera otros requisitos adicionales que estime necesarios y
convenientes por consideraciones a la salud, a la seguridad, al orden o
interés público; asà como, para cumplir con los factores de evaluación
requeridos por el ArtÃculo 4 de la Ley Núm. 132, supra.