Regl. 3215, art. 3008-II-811 dup4

D Monitoría e Inspección

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Cite as Reglamento Núm. 3215, Art. 3008-II-811 dup4

(1) Durante el proceso de construcción e instalación, los revestimientos (excepto en el caso de porciones existentes de embalses superficiales exentos de la Regla II-811 B (1)) y sistemas de cubierta (Ejemplo: las membranas, sabanas, y capas) tendrá que inspecionarse para uniformidad, daños, e imperfecciones (Ejemplo: que tengan agujeros, grietas, puntos de menor espesor O material extraño a la cubierta). Inmediatamente después de la construcción O instalación: (a) Revestimientos sintéticos y cubiertas tendrán que inspeccionarse para asegurar que las uniones y las juntas estén fuertes y que no tengan razgaduras, perforaciones o ampollas; y 194 (b) Revestimiento con base en el suelo, hechos de materiales compuestos y cubiertas tendrán que inspeccionarse para detectar imperfecciones incluyendo lentes, grietas, canales, agujeros de raíces, u otras faltas de uniformidad estructural que pudieran causar un incremento en la permeabilidad del revestimiento o cubierta. (2) Mientras un embalse esté en funcionamiento será inspeccionado semanalmente y después de tormentas para detectar evidencia de cualquiera de los siguientes: (a) Deterioro, desperfectos, u operación indebida O impropia de los controles del sistema contra el desbordamiento; (b) Una baja súbita en el nivel del contenido del embalse; y (c) Presencia de líquidos en el sistema de detección de derrame, en donde se han instalado para cumplir con la Regla II-811 C; y (d) Erosión severa o cualquier otra señal de deterioro de los diques u otros aparatos de contención. (3) Previo a que se expida un permiso, y después de cualquier extensión de tiempo (de por lo menos seis meses) durante la cual el embalse no estuviera en servicio, el dueño u operador tiene que obtener una certificación de un ingeniero de suelo autorizado a practicar su profesión en Puerto Rico que indique que el dique del embalse incluyendo aquella proción de cualquier dique que le provea espacio libre ("espacio libre" quiere decir el espacio entre el nivel del contenido y el punto máximo de altura del embalse) goza de integridad estructural. Dicha certificación establecerá en específico, que el dique: (a) Resistirá el rigor de la presión ejercida por los tipos y cantidades de desperdicios a ser colocados en dicho embalse; y (b) Que no fallará por "scouring" O "piping" sin depender de un sistema de revestimiento incluido en la construcción del embalse superficial.
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