Regl. 8193, art. 10-5

Los intereses serán pagaderos al vencimiento de cada mes, periodo o plazo

Length: 42 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8193, Art. 10-5

de facturación. Sólo se cobrarán por adelantado aquellas partidas necesarias que surgen a raíz del proceso de originación, renovación, reestructuración, o cancelación de los préstamos. Algunas de estas partidas se les conoce como "fraccionales" o "intereses anticipados" (interés fraccional, seguro fraccional, etc.).
Regl. 8193, art. 10-5: Los intereses serán pagaderos al vencimiento de cada mes, periodo o plazo | Justis AI