Regl. 8193, art. 8-2

Radicación Electrónica:

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Cite as Reglamento Núm. 8193, Art. 8-2

a. El Director Ejecutivo aprobará las normas, términos y condiciones para el uso del Portal y Servicios en Línea del SRM. b. Cuenta de Usuario El participante o pensionado deberá: 1. Crear una cuenta de usuario en la página de Servicios en Línea del SRM. 2. Será necesario que el participante cuente con un correo electrónico y complete toda la información necesaria para crear y validar la cuenta de usuario. 3. El participante debe leer y aceptar los términos y condiciones del uso de Servicios en Línea. Para poder completar una solicitud electrónica, será necesario que el participante active su cuenta. c. Completar la solicitud electrónica El participante o pensionado deberá: 1. Utilizar la herramienta de Préstamos en Línea e indicar la cuantía del préstamo, los términos de pago, aceptar las condiciones y en caso de tener préstamos personales activos, el mismo será saldado con el nuevo préstamo. 7 2. En aquellos casos que el Sistema lo requiera, el participante tendrá que someter información adicional o documentos para completar la solicitud. Una vez el participante complete todos los pasos del proceso de solicitud y acepte los términos y condiciones del préstamo, ello tendrá el efecto de una Firma Electrónica. d. Atribución y efectos de documentos electrónicos y firmas electrónicas: Un documento electrónico o firma electrónica será atribuible a determinado participante si existe por actuación de dicha persona. El acto podrá ser probado de cualquier manera, incluyendo mediante una demostración de la eficacia de cualquier procedimiento de seguridad utilizado para identificar a la persona a quien el documento electrónico o firma electrónica sea atribuible. El efecto de un documento electrónico o firma electrónica atribuible a un participante se determinará del contexto y circunstancias de su creación, ejecución o adopción y de conformidad con cualquier otra ley aplicable. e. Transacciones automatizadas: La otorgación de los Préstamos en Línea es un proceso de transacciones automatizadas. En estos procesos, la interacción del participante es con agentes electrónicos o programación del Sistema para la otorgación de préstamos, sin necesidad que una persona revise las actuaciones de los agentes electrónicos o los términos y condiciones resultantes de la transacción. El participante tiene plena libertad de negarse a ejecutar las transacciones electrónicas y entiende que de completar todo el proceso de solicitud, resultará en que el agente electrónico formalice la transacción de préstamo personal y que el 8 participante vendrá obligado al pago del mismo y se encontrará garantizado según establece este Reglamento. f. Ningún tutor administrativo podrá solicitar dinero o préstamo a nombre de su tutelado. Los participantes o pensionados, aunque se encuentren bajo tutela administrativa y que no sufran de una limitación en cuanto a su capacidad para contratar, podrán presentar sus solicitudes sin la intervención del tutor administrativo. El tutor no podrá comparecer en la solicitud en representación de éste o firmar el contrato o pagaré del préstamo.
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