Regl. 8197, art. 5 dup2
- ELEMENTOS ADICIONALES DE LA RECLAMACIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 8197, Art. 5 dup2
PROCESABLE PARA PAGO
Un Asegurador u Organización de Servicios de Salud no podrá requerir elementos
adicionales a los elementos de información y anejos establecidos en los Apéndices
I, II y III de esta Regla, a menos que sea requerido por CMS o por alguna ley o
reglamento federal o local o por mutuo acuerdo entre las partes.