Regl. 8199, art. 12.2-17
OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES
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Cite as Reglamento Núm. 8199, Art. 12.2-17
Los estudiantes que participen o soliciten participar en los Programas cubiertos en
este Reglamento vendrán obligados a cumplir con lo siguiente:
a.
Utilizar los fondos que le sean asignados única y exclusivamente para
pagar los costos de estudios según haya determinado la institución a
tenor con el análisis dispuesto en la reglamentación federal bajo el TÃtulo
IV de la "Higher Education Act of 1965".
b.
Cumplir con los procedimientos y el calendario establecido por la
institución donde se encuentra matriculado, para gestionar las ayudas
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REGLAMENTO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS DE ASISTENCIA
ECONÓMICA PARA ESTUDIANTES DE NIVEL POSTSECUNDARIO, MAYO DE 2012
económicas, y observar la polÃtica institucional en lo referente a los
procedimientos de bajas y reembolsos de costos de estudio.
C.
Cumplir con los requisitos de elegibilidad aplicables a cada programa en
particular.