Regl. 8199, art. 12.2-17

OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

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Cite as Reglamento Núm. 8199, Art. 12.2-17

Los estudiantes que participen o soliciten participar en los Programas cubiertos en este Reglamento vendrán obligados a cumplir con lo siguiente: a. Utilizar los fondos que le sean asignados única y exclusivamente para pagar los costos de estudios según haya determinado la institución a tenor con el análisis dispuesto en la reglamentación federal bajo el Título IV de la "Higher Education Act of 1965". b. Cumplir con los procedimientos y el calendario establecido por la institución donde se encuentra matriculado, para gestionar las ayudas 19 REGLAMENTO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS DE ASISTENCIA ECONÓMICA PARA ESTUDIANTES DE NIVEL POSTSECUNDARIO, MAYO DE 2012 económicas, y observar la política institucional en lo referente a los procedimientos de bajas y reembolsos de costos de estudio. C. Cumplir con los requisitos de elegibilidad aplicables a cada programa en particular.
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