Regl. 8201, art. 5
DEROGACIÓN DE NORMAS ANTERIORES
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Cite as Reglamento Núm. 8201, Art. 5
El Reglamento para la Administración del Programa para Estudiantes de Alto Honor
(PROGRESAH) aprobado por el CEPR en su Certificación Número 2012-076
expresamente deroga el anterior Reglamento para la Administración del Programa para
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REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA PARA ESTUDIANTES DE ALTO HONOR,
MAYO DE 2012
Estudiantes de Alto Honor (PROGRESAH) (Reglamento Número 7024 de agosto de
2005) aprobado por el Consejo de Educación Superior de Puerto Rico (CESPR) en su
Certificación Núm. 2005-128, asà como toda otra disposición reglamentaria,
certificación, procedimiento, guÃa, norma, uso o costumbre u otra acción de efecto
normativo que haya sido adoptada por el CEPR o el CESPR con relación al Programa
aquà cubierto que sea inconsistente con el presente Reglamento.