Regl. 8201, art. 8.2-17
OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES
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Cite as Reglamento Núm. 8201, Art. 8.2-17
Los estudiantes que participen o soliciten participar en el Programa cubierto en este
Reglamento, vendrán obligados a cumplir con lo siguiente:
a.
Utilizar los fondos que le sean asignados única y exclusivamente para
pagar los costos de estudios según haya determinado la institución a
tenor con el análisis dispuesto en la reglamentación federal bajo el TÃtulo
IV de la "Higher Education Act of 1965".
b.
Cumplir con los procedimientos y el calendario establecido por la
institución donde se encuentra matriculado para gestionar la ayuda
económica, y observar la polÃtica institucional en lo referente a los
procedimientos de bajas y reembolsos de costos de estudio.
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REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA PARA ESTUDIANTES DE ALTO HONOR,
MAYO DE 2012
C.
Cumplir con los requisitos de elegibilidad.
d.
Someter al CEPR la información y documentación que les solicite
relacionada con sus requisitos de elegibilidad o para propósitos
estadÃsticos o de evaluación del Programa.
e.
Asistir a las reuniones que el CEPR convoque pertinentes a su
participación en el Programa.