Regl. 8202, art. 13.2

PRECUALIFICACIÓN DE CANDIDATOS

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Cite as Reglamento Núm. 8202, Art. 13.2

No más tarde del 15 de agosto, las instituciones elegibles someterán al CEPR una lista de sus candidatos a participar del Programa los cuales deben haber sido admitidos a la primera sesión académica del año para los programas graduados en las disciplinas y niveles académicos de prioridad y cumplir con los requisitos del Programa. La lista deberá venir acompañada de los siguientes documentos por becario: 15 REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS CEPR-PRIDCO, MAYO DE 2012 a. La Solicitud de Beca CEPR-PRIDCO en el formulario provisto por el CEPR. b. Una copia de la transcripción de créditos que incluya el promedio de graduación; C. La carta oficial de admisión al programa o de la matrícula de la primera sesión académica de su primer año de estudio; d. Programa de estudio (currículo); e. Análisis de necesidad económica de los conceptos de costos de matrícula y de cuotas, debidamente completado y firmado por la autoridad institucional correspondiente; f. Dos (2) cartas de recomendación originales, ya sea de profesores de los cursos de concentración/especialidad o del Director del Departamento donde realizó estudios, o de patronos recientes. g. Resumé actualizado. A base de la información anterior el CEPR precualificará a los candidatos para determinar si son elegibles para continuar con el proceso de evaluación y selección de becarios y recibir la Beca si son seleccionados. Someterá la lista de candidatos elegibles a la consideración de PRIDCO junto con los documentos requeridos. El CEPR determinará la cantidad de becarios que podrán seleccionarse al año de acuerdo con el presupuesto asignado al Programa. 16 REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS CEPR-PRIDCO, MAYO DE 2012
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