Regl. 8202, art. 13.2
PRECUALIFICACIÓN DE CANDIDATOS
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Cite as Reglamento Núm. 8202, Art. 13.2
No más tarde del 15 de agosto, las instituciones elegibles someterán al CEPR una
lista de sus candidatos a participar del Programa los cuales deben haber sido admitidos
a la primera sesión académica del año para los programas graduados en las disciplinas
y niveles académicos de prioridad y cumplir con los requisitos del Programa. La lista
deberá venir acompañada de los siguientes documentos por becario:
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REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS CEPR-PRIDCO, MAYO DE 2012
a. La Solicitud de Beca CEPR-PRIDCO en el formulario provisto por el CEPR.
b. Una copia de la transcripción de créditos que incluya el promedio de
graduación;
C. La carta oficial de admisión al programa o de la matrÃcula de la primera
sesión académica de su primer año de estudio;
d. Programa de estudio (currÃculo);
e. Análisis de necesidad económica de los conceptos de costos de matrÃcula y
de cuotas, debidamente completado y firmado por la autoridad institucional
correspondiente;
f. Dos (2) cartas de recomendación originales, ya sea de profesores de los
cursos de concentración/especialidad o del Director del Departamento donde
realizó estudios, o de patronos recientes.
g. Resumé actualizado.
A base de la información anterior el CEPR precualificará a los candidatos para
determinar si son elegibles para continuar con el proceso de evaluación y selección de
becarios y recibir la Beca si son seleccionados. Someterá la lista de candidatos
elegibles a la consideración de PRIDCO junto con los documentos requeridos. El CEPR
determinará la cantidad de becarios que podrán seleccionarse al año de acuerdo con el
presupuesto asignado al Programa.
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