Regl. 8202, art. 13.3-14

OTORGAMIENTO DE BECAS

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Cite as Reglamento Núm. 8202, Art. 13.3-14

El CEPR determinará el monto de la ayuda que otorgará a cada becario seleccionado y asignará la Beca para el año correspondiente. La asignación de fondos por becario se hará a base de los costos de matrícula y cuotas certificados por la institución que no no sean cubiertos por otras ayudas, y un estipendio para otros costos. El CEPR notificará la concesión de las ayudas mediante Certificación y comunicación escrita al becario, con copia a la institución de educación superior y a PRIDCO. Como condición para recibir la Beca, el becario y el codeudor deberán firmar un Contrato de Beca con el CEPR. Los becarios seleccionados recibirán la ayuda durante tres (3) años si son estudios del nivel de maestría y cinco (5) años si son del nivel de doctorado o primer nivel profesional, siempre y cuando se mantengan elegibles y sujeto a la disponibilidad de fondos.
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