Regl. 8202, art. 14-18
DECISIÓN DEL CEPR
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Cite as Reglamento Núm. 8202, Art. 14-18
El CEPR evaluará las Peticiones de Fondos recibidas y notificará su decisión a las
instituciones correspondientes entre los meses de agosto y septiembre del año fiscal
en curso.
El CEPR expedirá una Certificación en la cual se detallará la lista de becarios, la
asignación otorgada, el programa académico y la institución donde cursará los
estudios. La aceptación de participación de la institución se entenderá como la
aceptación de fondos y, por tanto, que la institución dispone de la totalidad de los
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REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS CEPR-PRIDCO, MAYO DE 2012
mismos. La institución es responsable de la totalidad del dinero asà aceptado
independientemente de que lo utilice o no.