Regl. 8202, art. 8.2-11
REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD DE LOS ESTUDIANTES
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Cite as Reglamento Núm. 8202, Art. 8.2-11
Las instituciones participantes se asegurarán de que cada estudiante a quien se le
conceda ayuda económica a través del Programa de Becas CEPR-PRIDCO cumpla
con los siguientes requisitos:
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REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS CEPR-PRIDCO, MAYO DE 2012
a.
Ser ciudadano americano o "no ciudadano elegible" (eligible non citizen)
según los definen los programas del Titulo IV de la "Higher Education
Act of 1965".
b.
Estar académicamente cualificado para estudiar en el nivel graduado.
C.
Tener un promedio académico no menor de 3.00 y no haber tomado
cursos del programa de estudio graduado para el cual se le otorgó la
Beca, salvo que se trate de un becario activo en el Programa y que
continúa estudios conducentes al grado deseado.
d.
Realizar sus estudios en una institución participante en un programa de
nivel graduado autorizado por el CEPR. Dicho programa será en una
disciplina y en el nivel de estudio previamente determinados por
PRIDCO como de prioridad para el desarrollo económico de Puerto Rico.
e.
Demostrar su necesidad económica a base del análisis de necesidad
económica dispuesto en la reglamentación federal bajo el TÃtulo IV de la
"Higher Education Act of 1965".
f.
Estar matriculado a tiempo completo en el programa de estudios por el
cual está recibiendo fondos del Programa. Excepciones a este requisito
podrÃan ser: la falta de disponibilidad de cursos, que el estudiante
necesite una carga menor para completar el grado, necesidad de
aprobar un curso que es requisito de otro. Se podrán atender otras
excepciones por previa autorización del CEPR, como lo podrán ser
estudiantes matriculados en cursos de práctica o internado que
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REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS CEPR-PRIDCO, MAYO DE 2012
requieran una cantidad de horas que impidan al estudiante tener una
carga académica a tiempo completo.
g.
Mantener un progreso académico satisfactorio que cumpla con los
requisitos dispuestos en el Titulo IV de la "Higher Education Act of 1965".
h.
Mantenerse en el mismo programa de estudio para el cual se le otorgó la
Beca y en la misma institución hasta completar el grado.
i.
Mantener un promedio académico general y de especialidad mÃnimo de
3.00 (a base de 4.00) mientras es becario del Programa. La verificación
del promedio será anual.
j.
Someter toda la documentación requerida por el CEPR y PRIDCO para
determinar su elegibilidad.
k.
Firmar un Contrato de Beca con el CEPR por cada año que reciba la
Beca.
I.
Cumplir con las obligaciones que se estipulan en el ArtÃculo 18 de este
Reglamento.