Regl. 8202, art. 8.2-11

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD DE LOS ESTUDIANTES

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Cite as Reglamento Núm. 8202, Art. 8.2-11

Las instituciones participantes se asegurarán de que cada estudiante a quien se le conceda ayuda económica a través del Programa de Becas CEPR-PRIDCO cumpla con los siguientes requisitos: 12 REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS CEPR-PRIDCO, MAYO DE 2012 a. Ser ciudadano americano o "no ciudadano elegible" (eligible non citizen) según los definen los programas del Titulo IV de la "Higher Education Act of 1965". b. Estar académicamente cualificado para estudiar en el nivel graduado. C. Tener un promedio académico no menor de 3.00 y no haber tomado cursos del programa de estudio graduado para el cual se le otorgó la Beca, salvo que se trate de un becario activo en el Programa y que continúa estudios conducentes al grado deseado. d. Realizar sus estudios en una institución participante en un programa de nivel graduado autorizado por el CEPR. Dicho programa será en una disciplina y en el nivel de estudio previamente determinados por PRIDCO como de prioridad para el desarrollo económico de Puerto Rico. e. Demostrar su necesidad económica a base del análisis de necesidad económica dispuesto en la reglamentación federal bajo el Título IV de la "Higher Education Act of 1965". f. Estar matriculado a tiempo completo en el programa de estudios por el cual está recibiendo fondos del Programa. Excepciones a este requisito podrían ser: la falta de disponibilidad de cursos, que el estudiante necesite una carga menor para completar el grado, necesidad de aprobar un curso que es requisito de otro. Se podrán atender otras excepciones por previa autorización del CEPR, como lo podrán ser estudiantes matriculados en cursos de práctica o internado que 13 REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS CEPR-PRIDCO, MAYO DE 2012 requieran una cantidad de horas que impidan al estudiante tener una carga académica a tiempo completo. g. Mantener un progreso académico satisfactorio que cumpla con los requisitos dispuestos en el Titulo IV de la "Higher Education Act of 1965". h. Mantenerse en el mismo programa de estudio para el cual se le otorgó la Beca y en la misma institución hasta completar el grado. i. Mantener un promedio académico general y de especialidad mínimo de 3.00 (a base de 4.00) mientras es becario del Programa. La verificación del promedio será anual. j. Someter toda la documentación requerida por el CEPR y PRIDCO para determinar su elegibilidad. k. Firmar un Contrato de Beca con el CEPR por cada año que reciba la Beca. I. Cumplir con las obligaciones que se estipulan en el Artículo 18 de este Reglamento.
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