Regl. 8213, art. X dup2
Reglamento para Establecer Titularidad, Registro. Expedición, Duplicado y Pago por Derechos VehÃculos Todoterreno o Four Tracks.
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Cite as Reglamento Núm. 8213, Art. X dup2
CAUSAS PARA DENEGAR LA INSCRIPCIÓN
El Secretario previa notificación por escrito al solicitante expresando la causa, podrá rehusar la
inscripción de estos vehÃculos en el registro en los siguientes casos:
1.
Cuando dicha inscripción resultare en la violación de las disposiciones de esta ley,
leyes fiscales o de las leyes de servicio público y sus reglamentos.
2.
Cuando la información suministrada en la inscripción fuese falsa, fraudulenta o
insuficiente, o no se hubiese cumplido con los requisitos establecidos en la ley y
este reglamento para la inscripción VehÃculos Todoterreno o "Four Tracks".
3.
Cuando no se hubiesen pagado los derechos de inscripción de VehÃculos
Todoterreno o "Four Tracks".
4.
Cuando el Secretario tenga motivos fundados para creer que el VehÃculo
Todoterreno o "Four Tracks" ha sido hurtado o adquirido ilegalmente, o alterado,
o que la concesión de su inscripción constituirá un fraude contra otra persona que
tuviera un derecho, interés o gravamen válido sobre dicho VehÃculo Todoterreno
o "Four Tracks".