Regl. 8237, art. 15-15.7
PerÃodo Probatorio en Casos de Reingresos
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Cite as Reglamento Núm. 8237, Art. 15-15.7
Las personas que reingresen a la Corporación estarán sujetas al perÃodo probatorio
correspondiente. Sin embargo, la Corporación podrá asignar status regular a tales
empleados cuando como consecuencia del reingreso sean nombrados en un puesto
dentro del término de un (1) año a partir de la fecha de la separación del servicio.