Regl. 8237, art. 6-6.2
Descripción de los Puestos
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Cite as Reglamento Núm. 8237, Art. 6-6.2
Conforme a su estructura organizativa funcional, la Corporación preparará y mantendrá
al día para cada puesto autorizado en el Servicio de Carrera, una descripción clara y
precisa de los deberes y responsabilidades, así como el grado de autoridad y
supervisión adscrita al mismo. Esta descripción estará contenida en el formulario
oficial, que a tales fines se adopte y deberá estar firmado por el empleado, de estar el
puesto ocupado, por su supervisor inmediato, por el jefe de la unidad primaria
correspondiente y por el Director Ejecutivo O su representante autorizado.
Cualquier cambio que ocurra en los deberes y responsabilidades, así como en el
grado de autoridad y supervisión adscritas a los puestos, se registrará prontamente en
el formulario de clasificación y no menos de una vez al año se pasará juicio sobre la
clasificación de éstos.
El original del formulario oficial formalizado inicialmente, así como el de toda revisión
posterior que se efectúe, será evaluado para determinar la clasificación del puesto o
para la acción subsiguiente que proceda en los casos de revisión de deberes, según
se provea en las normas y procedimientos que se establezcan para la administración
del plan de clasificación.
Una copia del formulario se entregará al empleado al ser nombrado y tomar posesión
del puesto y cuando ocurran cambios en las funciones del mismo que resultaren en la
formalización de un nuevo cuestionario. Este formulario se utilizará para orientar,
adiestrar, supervisar y evaluar al empleado de acuerdo a los procedimientos que la
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Corporación establezca. Se conservará una copia de todo cuestionario formalizado
para cada puesto, junto a cualquier otra documentación relacionada con el historial
de clasificación del mismo. Este acopio de información, en orden de fechas,
constituirá el expediente oficial e individual de cada puesto, y será utilizado como
marco de referencia en los estudios y acciones que se requieran en relación con la
clasificación de puestos.
Copia del formulario de clasificación de cada puesto deberá ser provista a la Oficina
de Presupuesto y Gerencia, según esta agencia establezca en sus procedimientos, al
tramitarse la petición para la creación del puesto y cuando se soliciten acciones
posteriores relacionadas con su clasificación.