Regl. 8243, art. XV-1.4

Aplicabilidad

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Este reglamento es de aplicación a toda persona, natural O jurídica, que recaude, gaste, contribuya O de alguna forma reciba recaudos O donativos o participe en el financiamiento de una campaña eleccionaria relacionada con puestos electivos, fórmulas de status, o alternativas para evaluación y selección de los electores en un referéndum, plebiscito O consultas que se establezcan a través de legislación a ese respecto. MAr 6 La Oficina del Contralor Electoral no tiene jurisdicción para atender asuntos relacionados a la campaña electoral de los candidatos a comisionados residentes, ni a ninguna otra campaña reglamentada por la Comisión Federal de Elecciones.
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