Regl. 8243, art. XV-3.1
Presentación de la Querella
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Cite as Reglamento Núm. 8243, Art. XV-3.1
Cualquier persona podrá presentar una querella, juramentada ante notario
público autorizado, en la Oficina del Contralor Electoral por alegadas violaciones a
la Ley 222-2011, según enmendada, sus reglamentos u ordenes al amparo de
estos. La misma deberá presentarse con todo documento que a juicio del
peticionario sustente lo alegado en la solicitud, si alguno.
Los representantes autorizados del peticionario, si alguno, vendrán obligados a
acreditar su capacidad de representación por escrito.
La Oficina preparará y tendrá disponible, para toda persona que asà lo solicite, el
formulario modelo de querella que deberá ser cumplimentado para radicar una
querella.