Regl. 8245, art. 1.6 dup2
Definiciones
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Cite as Reglamento Núm. 8245, Art. 1.6 dup2
Las palabras y frases usadas en este Reglamento se interpretarán según el contexto en que
sean usadas y tendrán el significado aceptado por el uso común y corriente.
En los casos aplicables, las palabras utilizadas en tiempo presente incluyen también el futuro;
las usadas en el género masculino incluyen el femenino; el singular incluye el plural y el plural
incluye el singular. La conjunción "y" no se entenderá como excluyente.
Los siguientes términos usados en este Reglamento tendrán el significado que a continuación
se expresa:
1. "Adjudicación" Acto de evaluar las ofertas recibidas en contestación a una invitación a
subasta formal, informal o solicitud de cotización, para una compra en mercado abierto,
a fin de otorgar la buena pro al postor que mejor cumpla con los criterios de las
especificaciones, las condiciones y los términos, en el orden decreciente en que éstos se
enumeren, y cuyo precio se considere más bajo.
2. "Arrendamiento"- El financiamiento del uso y disfrute de un bien a cambio del pago de
cuotas periódicas acordado mediante un contrato con un término definido, que puede
ser con opción a compra o solamente para uso y disfrute del bien.
3. "Bien Mueble" Aquella propiedad de relativa permanencia, susceptible de moverse
por sí o por otra fuerza o persona, con una vida útil mayor de un (1) año, que se puede
usar repetidamente sin cambiar de naturaleza o sufrir algún deterioro, cuyo valor
regularmente es mayor de cien dólares ($100). Incluye el equipo y mobiliario.
4. "Comité Técnico" Grupo de personas o firma(s) seleccionados por el Contralor
Electoral para asesorar a la Junta de Subastas en una materia especializada 0 técnica,
para la compra o el arrendamiento de bienes o contratación servicios personales no
profesionales especializados o de naturaleza poco común.
5. "Compra" Forma de adquisición mediante la cual una parte, el vendedor, se obliga a
entregar unos bienes determinados y la otra parte, el comprador, se obliga a pagar por
ellos un precio en dinero o valores de intercambio que lo represente.
6. "Compra en Mercado Abierto" Procedimiento para compra de bienes y servicios no
profesionales requeridos por alguna de las instancias contempladas en la sección 3.6 de
este Reglamento. El cual estará exento de adquirirse mediante la rigurosidad de subasta
formal e informal.
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7. "Compra Negociada" Procedimiento de excepción para la adquisición de bienes 0
servicios personales sofisticados, especializados o complejos o cuando en una subasta
formal los precios cotizados resulten irrazonablemente altos o los términos y las ofertas
sean onerosos para la Oficina del Contralor Electoral.
8. "Compra por cotización escrita" Compra mediante subasta informal en que las ofertas
recibidas tienen que ser por escrito y su importe total estimado es menor de setenta y
cinco mil dólares ($75,000). En la mayoría de los casos requiere la solicitud de
cotizaciones a un mínimo de tres (3) proveedores.
9. "Contralor Electoral" El Oficial Ejecutivo y la Autoridad Nominadora de la Oficina del
Contralor Electoral.
10. "Contrato" Pacto o convenio escrito entre partes para adquirir bienes y servicios.
11. "Convocatoria" Anuncio o escrito por medio del cual se cita o invita a varias personas o
empresas para que concurran a lugar o acto determinado.
12. "Delegado de Compras" Empleado designado por el Contralor Electoral para comprar
0 contratar o arrendar, materiales, impresos, servicios no profesionales y equipo
necesario para las funciones de la Oficina.
13. "Emergencia" Toda situación que ocasione necesidades inesperadas, imprevistas,
urgentes e inaplazables en la Oficina del Contralor Electoral y que requiera acción
inmediata de parte del Contralor Electoral o Contralor Electorales Auxiliares por estar en
peligro la vida, la salud o la seguridad de sus empleados; por estar en peligro de
suspenderse o afectarse el servicio público o dañarse o perderse la propiedad de la
Oficina; por estar a punto de vencer la vigencia de los fondos, y toda oportunidad de
adquirir los bienes, obras y servicios deseados se pueda perder, y que cualquiera de
estas situaciones afecte adversamente los mejores intereses de la Oficina del Contralor
Electoral.
14. "Especificaciones" Conjunto de las características primordiales propias de los bienes o
servicios señaladas como referencia para cada partida de una subasta formal, subasta
informal, o compra en mercado abierto, así como las características físicas, funcionales,
estéticas y de calidad con que se describe el tipo de bienes que se requiere, así como el
conjunto de estipulaciones sobre el método de instalación, ensamblaje 0 acoplamiento.
15. "Excedente" Bienes, equipo 0 material obsoleto, inservible, sobrante o desechable,
que no es de utilidad para la Oficina del Contralor Electoral, de los cuales se dispondrá
finalmente.
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16. "Excesivo" Costo propuesto que excede el precio normalmente cotizado en el mercado
en el momento de una compra o cuando exista un producto sustituto más económico
que pueda servir para el mismo fin, con igual resultado 0 efectividad.
17. "Fianza de Ejecución" Valor o cantidad de dinero depositado para asegurar el
cumplimiento de una obligación contraída mediante contrato.
18. "Fianza de Licitación" Garantía que se requiere a todos los licitadores para asegurar el
cumplimiento de sus ofertas y que les será devuelta, una vez se adjudique la subasta.
19. "Fianza de Garantía" Valor o cantidad de dinero que se requiere al licitador que
impugne la reconsideración de adjudicación de una subasta. Consistirá de un diez por
ciento (10%) del total ofrecido en la subasta por el licitador que impugna.
20. "Fraccionamiento" Acción y efecto de dividir una solicitud o grupo de solicitudes
sobre un mismo bien o servicio para emitir más de una orden a uno o varios suplidores
para un mismo destino, que resulta en evasión de las disposiciones de algunos de los
procedimientos de compra.
21. "Invitación" Documento o conjunto de documentos que incluyen las instrucciones de
cómo presentar una licitación u oferta para una subasta.
22. "Junta" Junta de Subastas de la Oficina del Contralor Electoral.
23. "Ley" Ley 222-2011, según enmendada, mejor conocida como la "Ley para la
Fiscalización del Financiamiento de las Campañas Políticas".
24. "Licitador" -Persona natural o jurídica que en una subasta ofrece cotizaciones por un
bien o servicio personal, no profesional.
25. "Licitación" Oferta de precios y condiciones por un bien, grupo de bienes o servicio
personal no profesional, presentada por un licitador en respuesta a una invitación a
subasta formal o informal.
26. "Materiales" Conjunto de suministros, herramientas menores, piezas y objetos
necesarios para el desempeño de un servicio o para la realización de una obra, que al
usarse pueden cambiar de naturaleza 0 consumirse. Normalmente su utilidad no excede
un período contable.
27. "Negociación" Acción 0 actividades en que dos (2) 0 más partes tratan de ponerse de
acuerdo defendiendo cada uno sus intereses para llegar a un acuerdo.
28. "Oficina" Oficina del Contralor Electoral.
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29. "Orden de Compra" Documento oficial que se emite, dirigido a un suplidor, para
adquirir bienes o servicios personales, no profesionales.
30. "Parentesco" Pariente cercano incluido dentro del cuarto grado de consanguinidad o
del segundo grado de afinidad.
31. "Partidas" Grupo de bienes iguales o de naturaleza similar o servicios personales no
profesionales para los cuales se solicitan precios en una subasta formal, informal o
cotización para la compra en mercado abierto. Estas agrupaciones también se
denominan renglones.
32. "Receptor" Empleado o Funcionario de Oficina, designado por el Contralor Electoral,
para recibir bienes, obras o servicios, cuya adquisición ha sido debidamente autorizada,
en representación de la Oficina.
33. "Registro" Suplidores o empresas comerciales clasificados de acuerdo con el producto
que ofrecen o licitan para la Oficina del Contralor Electoral y que han cumplido con los
requisitos para su aceptación en el mismo.
34. "Reglamento" Reglamento de Compras y Subastas de Bienes y Servicios no
Profesionales de la Oficina del Contralor Electoral.
35. "Requisición" Acción de solicitar la compra de equipo, materiales o bienes no
profesionales de la Oficina del Contralor Electoral.
36. "Servicios" Trabajo o servicio especial que realiza una persona(s) por una retribución,
compensación o pago. Incluye aquella labor ofrecida por personas naturales o jurídicas
con conocimientos o habilidades especializadas, como es el caso de técnicos, a quienes
se les requiere poseer un título o licencia que lo acredite. También incluye los servicios
no profesionales de personas no diestras, pero autorizadas para ejecutar una función
como es el caso de fumigadores, guardianes y otros a quienes se les puede requerir
también una licencia.
37. "Subasta" Procedimiento mediante el cual se solicitan ofertas para la compra o
arrendamiento de bienes o servicios personales no profesionales que se adjudica al
postor cuya proposición resulte más ventajosa de acuerdo con las condiciones
prefijadas.
38. "Subasta Formal" Procedimiento mediante el cual se solicitan ofertas para compras
que se estiman en exceso de setenta y cinco mil dólares ($75,000), cuya adjudicación a
determinado postor efectúa la Junta de Subastas de la Oficina del Contralor Electoral.
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39. "Subasta Informal"- Procedimiento de compra menos rígido que la subasta formal, que
aplica a compras de bienes y servicios personales, cuyo costo estimado es menor a
setenta y cinco mil dólares ($75,000), cuya adjudicación efectúa el área de compras.
40. "Suplidor" Persona, natural o jurídica, que pretende ofrecer o que de hecho ofrece
bienes o servicios no profesionales a la Oficina del Contralor Electoral.
TÍTULO II PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS NO PROFESIONALES