Regl. 8245, art. 4.3 dup2
Penalidades por incumplimiento
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Cite as Reglamento Núm. 8245, Art. 4.3 dup2
1. Cualquier incumplimiento con las normas de este Reglamento constituirá causa
suficiente para acción disciplinaria, incluyendo el despido.
2. Cualquier persona que, en violación de este Reglamento, adquiera bienes, materiales o
equipo a nombre de la Oficina, será responsable en su carácter individual de satisfacer
el importe adquirido.
TÍTULO V- ALMACÉN DE MATERIALES Y EQUIPO