Regl. 8245, art. 8.3

Periodo mínimo para el envío de Invitaciones

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Cite as Reglamento Núm. 8245, Art. 8.3

La fecha de la publicación o del envío de las invitaciones a subasta es fijada con suficiente antelación a la fecha en que se celebraran las subastas. Se considerara que las invitaciones han sido cursadas con suficiente antelación cuando las mismas se hayan enviado con no menos de diez (10) días calendarios antes de la fecha de la subasta, además, de: 1. Un margen de dos (2) días calendarios para que las invitaciones lleguen al destinatario. 2. Un margen de dos (2) días calendarios para que las ofertas enviadas por los licitadores sean recibidas en la Oficina. 3. En caso de solicitudes de compra con especificaciones altamente técnicas, el tiempo que 28 MAr razonablemente sea requerido por los licitadores para analizar y someter su oferta. Este periodo no será menor de cinco (5) días calendarios.
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