Regl. 8245, art. 8.4
Determinación de fechas y horas
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Cite as Reglamento Núm. 8245, Art. 8.4
El Presidente de la Junta de Subastas o su representante autorizado fijará la fecha y hora en que
se cerraran las licitaciones y la fecha, hora y lugar exacto donde se abrirán las ofertas de los
licitadores.