Regl. 8250, art. 11-11.6
Otras Actividades de Adiestramiento
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Cite as Reglamento Núm. 8250, Art. 11-11.6
La Corporación organizará y desarrollará cursos, institutos, talleres, seminarios e
intercambios de personal con el propósito de ampliar la experiencia profesional O
técnica y otras actividades de adiestramiento dirigidas al personal de confianza en el
servicio, para satisfacer las necesidades particulares de la COSPR.
La COSPR establecerá los criterios para la selección de las personas a ser adiestradas,
los instructores, el contenido de los cursos de adiestramiento y la evaluación de éstos,
para aquellas actividades destinadas a satisfacer necesidades inherentes a las
funciones de la COSPR. Esta podrá solicitar el asesoramiento a la Escuela de
Educación Continua o contratar con el mismo, servicios técnicos y de asesoramiento,
así como el uso de facilidades, materiales y equipo, conforme a las normas y
procedimientos que para esos fines establezca el (la) Director(a) General.
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