Regl. 8250, art. 4-4.2
Número de Empleados de Confianza
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Cite as Reglamento Núm. 8250, Art. 4-4.2
1. El(la) Director(a) General preparará un plan que contendrá los puestos de
confianza que no excederá de diez (10),
10
2. Cuando la estructura organizativa, complejidad funcional O tamaño de la
Corporación requiera un número mayor de puestos de confianza a los que ya
tiene asignados, será necesaria la aprobación previa de la Oficina de Gerencia y
Presupuesto (OGP).
3. En la designación de puestos de confianza, el (la) Director(a) General hará uso
juicioso y restringido de la facultad que a esos efectos le confiere la Ley.