Regl. 8251, art. 11-11.8
Historiales de Adiestramiento e Informes
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Cite as Reglamento Núm. 8251, Art. 11-11.8
1. Historial en Expedientes de Empleados
La CAEM mantendrá en el expediente de cada empleado, un historial de los
adiestramientos en que estos participan. El mismo podrá incluir evidencia de
participación, por iniciativa propia, en cualquier actividad educativa reconocida.
El Gerente General podrá usar el historial como fuente de referencia para cualquier acción
de personal.
2. Historiales de Actividades
La CAEM mantendrá historiales de las actividades de adiestramiento celebradas,
evaluaciones de las mismas y de los participantes, para fines de evaluar su programa de
adiestramiento y desarrollo.
3. Informes
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Anualmente la CAEM enviará a la Escuela de Educación Continua un informe sobre las
actividades de adiestramiento de corta duración, pago de matrÃcula y otras actividades
celebradas durante el año fiscal. El mismo deberá contener la información necesaria
sobre la cantidad y clases de adiestramientos ofrecidos, los gastos incurridos en
adiestramientos y el número de participantes, para fines de medición de la actividad
global de adiestramiento y desarrollo del personal en el servicio público.